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Nota de crédito: anular o corregir una factura

Qué es
El documento electrónico que anula, descuenta, devuelve o corrige una factura o boleta ya emitida. No borra el comprobante original: queda ligado a él y lo modifica.
Quién
Quien emitió la factura o boleta, y solo a favor del mismo cliente. Se emite en tu sistema de emisión electrónica, igual que la factura.
Cuánto
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Cuándo
Cuando ocurre la anulación, el descuento o la devolución. Se envía a SUNAT u OSE en el mismo plazo que la factura: hasta 3 días calendario después de su fecha de emisión.

Actualizado el

Por qué no puedes borrar una factura aceptada

Cuando SUNAT o el OSE aceptan tu factura, queda registrada en SUNAT y tu cliente puede consultarla con su clave SOL entre sus comprobantes recibidos (SUNAT, Nota de crédito electrónica). Por eso no se “elimina” una factura: se deja sin efecto o se modifica con otro documento.

Si la factura tiene un error o la venta cambió, tienes dos caminos (cómo se emite la factura está en Factura electrónica):

  • Comunicación de baja: solo si tu cliente todavía no recibió la factura.
  • Nota de crédito: en todos los demás casos.

Comunicación de baja: solo si el cliente no la recibió

La baja anula la numeración de un comprobante que no fue entregado a tu cliente, aunque ya tenga su CDR aceptado (R.S. 114-2019/SUNAT, que modifica el art. 14 de la R.S. 097-2012/SUNAT).

  • Plazo: hasta el séptimo día calendario contado desde el día siguiente a la recepción del CDR aceptado.
  • Una misma comunicación puede incluir varios comprobantes, siempre que sean del mismo día.
  • No se da de baja una factura que no se envió a SUNAT dentro de su plazo.
  • En las boletas, la baja se comunica en un resumen diario, marcando la boleta como “anulado”.

Si emites en SEE-SOL, la factura se considera entregada desde que la emites, porque tu cliente ya puede verla en los sistemas de SUNAT (SUNAT, Sistema de Emisión SOL). Ahí el camino es la nota de crédito.

Desde el 1 de enero de 2027, ese plazo de 7 días se contará desde el día siguiente a la generación del comprobante y ya no desde el CDR (R.S. 000048-2026/SUNAT, con la fecha que fijó la R.S. 000143-2026/SUNAT).

Cuándo usar nota de crédito y qué tipo elegir

La nota de crédito se emite por anulaciones, descuentos, bonificaciones, devoluciones y otros conceptos (Reglamento de Comprobantes de Pago, art. 10, num. 1.1). Cada nota indica un motivo del catálogo de SUNAT:

Código Motivo Úsalo cuando
01 Anulación de la operación La venta se cayó entera
02 Anulación por error en el RUC Facturaste a otro cliente
03 Corrección por error en la descripción o atención de reclamo El detalle no es lo que vendiste, o atiendes un reclamo
04 / 05 Descuento global / por ítem Das un descuento después de la venta
06 / 07 Devolución total / por ítem Te devuelven todo o una parte
08 Bonificación Entregas algo adicional sin costo
09 Disminución en el valor Bajas el precio ya facturado
13 Corrección del monto pendiente o las cuotas Cambian los pagos de una factura al crédito

El catálogo también tiene los códigos 10 (otros conceptos), 11 (exportaciones) y 12 (IVAP) (Catálogo N.° 09, R.S. 000165-2021/SUNAT).

Las reglas que siempre se cumplen:

  • Solo se emite al mismo cliente, para modificar un comprobante que ya se le entregó (RCP, art. 10, num. 1.3).
  • Lleva los mismos requisitos que el comprobante que modifica (RCP, art. 10, num. 1.2).
  • Si modifica una factura, esa factura debe tener su CDR aceptado (SUNAT, Nota de crédito electrónica).
  • Los descuentos y bonificaciones por nota de crédito solo valen para comprobantes que dan crédito fiscal o sustentan gasto. Con un consumidor final, el descuento va en la misma boleta (RCP, art. 10, num. 1.4).
  • Por error en el RUC (02) o en la descripción (03), SUNAT solo la admite hasta el décimo día hábil de emitido el comprobante si usas SEE-SOL, o hasta el décimo quinto si emites desde un sistema propio (SUNAT, Nota de crédito electrónica).

Desde el 1 de enero de 2027, cada nota de crédito podrá modificar un solo comprobante; hoy, en SEE-SOL, una nota puede modificar varias facturas o boletas (R.S. 000048-2026/SUNAT; SUNAT, Sistema de Emisión SOL).

Paso a paso

  1. Ubica el comprobante: su serie, su número y su CDR aceptado.
  2. Decide el camino. Si tu cliente aún no lo recibió y estás dentro del plazo, puedes darlo de baja. Si ya lo recibió, emites nota de crédito.
  3. Elige el motivo que corresponde (la tabla de arriba) y, si es parcial, los ítems o el monto que cambian.
  4. Emite la nota en tu sistema de emisión, vinculada al comprobante original y a nombre del mismo cliente.
  5. Envíala a SUNAT o al OSE el mismo día o dentro de los 3 días calendario siguientes a su fecha de emisión, como la factura (R.S. 000003-2023/SUNAT). En SEE-SOL, emitir y validar es un solo paso.
  6. Entrégasela a tu cliente y guarda el CDR de la nota.
  7. Si anulaste por error en el RUC, emite la factura correcta al cliente que corresponde. Si el error fue dar boleta a quien necesitaba factura, anulas la boleta y emites la factura (ver ¿Factura o boleta?).

Nota de débito, en breve

La nota de débito hace lo contrario: aumenta lo que te debe el cliente. Se emite para cobrar costos o gastos que tuviste después de emitir la factura o boleta, como intereses por mora, o cuando sube el valor de la operación (RCP, art. 10, num. 2.1).

Sigue las mismas reglas básicas que la nota de crédito: va al mismo cliente, modifica un comprobante que ya le entregaste y se envía en el mismo plazo de 3 días calendario (R.S. 000003-2023/SUNAT). Las penalidades por incumplimiento de un contrato son un caso especial: esa nota de débito la puede emitir el comprador al proveedor, si así consta en el contrato (RCP, art. 10, num. 2.1).

Preguntas frecuentes

¿Puedo anular una factura electrónica?

No se borra, pero se deja sin efecto. Si tu cliente no la recibió, la das de baja dentro de los 7 días calendario siguientes al CDR. Si ya la recibió, emites una nota de crédito con el motivo 01 (anulación de la operación).

¿Cuánto tiempo tengo para emitir una nota de crédito?

El Reglamento no fija un plazo general, pero SUNAT limita algunos motivos: el error en el RUC o en la descripción solo se corrige en los primeros días hábiles (10 en SEE-SOL, 15 desde un sistema propio). Emítela apenas detectes el problema.

¿Puedo hacer una nota de crédito a una boleta?

Sí, para anularla o por una devolución. Un descuento a un consumidor final, en cambio, debe ir en la misma boleta (RCP, art. 10, num. 1.4).

¿La nota de crédito tiene que ir al mismo cliente de la factura?

Sí. Solo se emite al mismo adquirente, para modificar un comprobante que ya le entregaste (RCP, art. 10, num. 1.3). Si facturaste a otro cliente, anulas con el motivo 02 y emites una nueva factura al correcto.

Fuentes

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